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Contribución especial por residuos sólidos en República Dominicana: cómo se calcula y qué está pasando con el cobro

Publicado el 21 de septiembre de 2026

Qué es la contribución especial por residuos sólidos

La Ley 98-25 sobre Gestión Integral de Residuos Sólidos, promulgada en República Dominicana, introdujo una contribución especial que deben pagar las empresas para financiar el sistema nacional de manejo de residuos. La lógica detrás del mecanismo es el principio de «quien contamina, paga»: las empresas que generan residuos como consecuencia de su actividad económica participan en costear su gestión adecuada.

Esta no es una tasa municipal ni un impuesto al consumidor final. Es una obligación que recae directamente sobre las personas jurídicas —y, en algunos casos, naturales con actividad comercial— en función del volumen de su actividad económica registrada ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Cómo se calcula: la facturación DGII como base

El mecanismo de cálculo toma como referencia la facturación declarada ante la DGII, no el volumen físico de residuos generados. Esto simplifica la medición —porque evita tener que cuantificar toneladas de basura por empresa— pero también significa que empresas con alta facturación pero baja generación de residuos pueden verse proporcionalmente más afectadas que otras con operaciones más contaminantes pero menores ingresos declarados.

La escala es progresiva: a mayor facturación, mayor es la contribución. Las empresas quedan clasificadas en rangos según sus ingresos reportados, y a cada rango le corresponde un monto o porcentaje diferente. El reglamento de aplicación de la ley es el documento que fija esas tablas con precisión, por lo que cualquier cálculo definitivo debe hacerse con base en ese instrumento oficial y con el apoyo de un asesor fiscal.

Lo relevante para la planificación financiera es que la base del cálculo ya existe en los registros de la DGII: no requiere que la empresa lleve un registro adicional de residuos ni una auditoría ambiental para determinar cuánto le corresponde pagar. Esto hace que el mecanismo sea relativamente directo de aplicar una vez que el cobro entre en vigor.

El estado actual: cobro congelado, obligación vigente

A pesar de que la ley está promulgada, el cobro de la contribución especial fue congelado temporalmente mientras el gobierno y los sectores productivos avanzan en una nueva propuesta. Según informaciones publicadas en abril de 2025, las autoridades decidieron pausar la implementación del cobro ante las preocupaciones planteadas por gremios empresariales sobre el impacto económico de la medida.

Esto no significa que la ley haya sido derogada ni que la obligación haya desaparecido. Significa que el cronograma de cobro está sujeto a una negociación en curso. El resultado de esa negociación puede ser:

Lo que no está en discusión es que la contribución existirá. La pregunta abierta es cuándo y en qué monto exacto.

Qué deberían estar haciendo las empresas mientras tanto

El período de congelamiento no es un período de inactividad para las empresas. Es una oportunidad para prepararse. Estas son las acciones concretas que tiene sentido tomar ahora:

Revisar la facturación declarada y proyectar el impacto

Con los rangos de la ley y el reglamento en mano, un contador puede estimar con bastante aproximación cuánto le correspondería pagar a la empresa según su nivel actual de ingresos. Hacer ese ejercicio ahora —antes de que el cobro sea exigible— permite incorporar el costo en el presupuesto sin sorpresas y decidir si amerita algún ajuste en la estructura de la operación.

Documentar la gestión actual de residuos

Si la versión final de la ley incluye mecanismos de compensación o descuento para empresas que ya trabajan con gestores autorizados, las empresas que puedan demostrar una gestión formal y documentada de sus residuos estarán en mejor posición para acceder a esos beneficios. Empezar a llevar ese registro ahora, aunque no sea obligatorio todavía, es una inversión de bajo costo con potencial retorno.

Identificar qué residuos genera la operación y qué opciones existen

No todos los residuos tienen el mismo costo de gestión ni las mismas alternativas disponibles. Algunos materiales —como ciertos plásticos postindustriales— tienen mercado como materia prima secundaria, lo que puede significar que un gestor autorizado los recibe sin costo o incluso paga por ellos. Conocer ese panorama antes de que el cobro llegue permite explorar opciones que reduzcan tanto el costo de la contribución como el de la disposición final de residuos.

Mantenerse al día con el reglamento y las actualizaciones

El detalle técnico del cobro —tablas, fechas, excepciones— está en el reglamento de aplicación y en las resoluciones que emita la autoridad competente. Los contadores y gerentes financieros deben tener ese documento identificado y seguir las actualizaciones oficiales. Los gremios empresariales suelen ser una fuente útil de alertas cuando hay cambios en el cronograma de implementación.

Por qué esto importa más allá del pago

La contribución especial es un mecanismo fiscal, pero su contexto es más amplio. República Dominicana enfrenta un problema estructural con la gestión de residuos sólidos: vertederos que operan sin controles adecuados, plásticos que terminan en ríos y costas, y una industria de reciclaje que aún no tiene la escala necesaria para procesar todo lo que se genera.

La ley busca crear un flujo de financiamiento para cambiar esa situación. Las empresas que entiendan ese contexto —y no solo el aspecto tributario— están mejor posicionadas para tomar decisiones que vayan más allá del cumplimiento mínimo: reducir lo que generan, separar en origen, trabajar con gestores que reincorporen materiales al ciclo productivo en lugar de enviarlos a disposición final.

Ese tipo de decisiones también tiene implicaciones reputacionales y comerciales, especialmente para empresas que exportan o que trabajan con clientes corporativos que tienen sus propias políticas de sostenibilidad.

Cómo conecta esto con la valorización de residuos plásticos

Una de las vías más directas para gestionar residuos plásticos postindustriales de forma formal —y potencialmente documentable para efectos de la ley— es trabajar con empresas especializadas en su compra, procesamiento y valorización. Cuando un plástico postindustrial o postconsumo se entrega a un gestor que lo reincorpora como materia prima, ese material deja de ir a un vertedero y entra de nuevo a la cadena productiva.

En Scrapmen Recycling Group compramos, procesamos y valorizamos residuos plásticos postindustriales y postconsumo generados por empresas dominicanas. Si tu operación genera este tipo de material y estás pensando en cómo estructurar tu gestión de residuos de cara a la Ley 98-25, podemos ayudarte a entender qué materiales aplican y cómo funciona el proceso.

Preguntas frecuentes

¿Las empresas pequeñas también están obligadas a pagar la contribución especial?

La ley aplica en función de la facturación declarada ante la DGII. Las empresas con menor facturación quedan en rangos más bajos de la escala progresiva, lo que se traduce en montos menores. Sin embargo, la exención total —si existe— depende de los umbrales que fije el reglamento de aplicación. Lo recomendable es verificar en qué rango cae la empresa según su facturación actual antes de asumir que no le aplica.

¿El congelamiento del cobro significa que no hay que hacer nada todavía?

El congelamiento suspende el cobro, no la ley. Cuando el gobierno y los sectores lleguen a un acuerdo, el cobro puede activarse con un plazo de implementación relativamente corto. Las empresas que ya hicieron el cálculo estimado, documentaron su gestión de residuos y ajustaron su presupuesto estarán mejor preparadas que las que esperaron a que el cobro fuera exigible para empezar a analizar el impacto.

¿Trabajar con un gestor autorizado de residuos puede reducir lo que paga la empresa?

Depende de cómo quede redactada la versión final del reglamento. Si se incorporan mecanismos de compensación o crédito para empresas que demuestren gestión formal de sus residuos, contar con registros y contratos con gestores autorizados podría ser un factor relevante. Independientemente de eso, externalizar la gestión de residuos con un proveedor especializado reduce el costo operativo de la disposición final y, en el caso de materiales valorizables como ciertos plásticos, puede no tener costo alguno.